El tribunal de disciplina de la Liga Nicoleña aprobó el pedido de General Rojo por los puntos ante La Emilia, dio por positiva la presentación del Chacarero y ganó el partido en los escritorios por 1 a 0 por la mala presentación de dos jugadores de parte del Pañero, ellos son Agustín Encina y Joaquín Guenzatti.
RESUELVE
Artículo 1.- Hacer lugar a la protesta de partido realizada por Gral. Rojo UD frente al Club La Emilia, 1ra división, por la mala inclusión del jugador Encina Agustín DNI.43.042.324 y Guenzati Joaquín DNI. 42.789.142, y se deberá registrar por Secretaría el siguiente resultado – La Emilia 0 – Gral. Rojo UD. 1 (art. 107 inc a – 152 RTP)
Artículo 2.- Inhabilitar a los Jugadores Encina Agustín DNI.43.042.324 y Guenzati Joaquín DNI.42.789.142 para disputar encuentros oficiales de la Liga Nicoleña período 2017, los cuales deberán regularizar su situación administrativa para poder desarrollar la actividad en el futuro.-
Artículo 3.- Publíquese por Secretaría a través de la web de la liga nicoleña, en su Boletín Oficial.-
Fdo. Dres. Dominguez – Musachio – Parigini – Sr. Borras.
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INFORME COMPLETO SOBRE EL RECLAMO DE GENERAL ROJO
RESOLUCIÓN REGISTRABLE
REFERENCIA – ROJO .U.D PROTESTA PARTIDO CONTRA LA EMILIA – 1RA DIVISÓN.- San Nicolás, 17/10/17 –
Visto: La presentación realizada por la U. D. Gral. Rojo, la prueba acompañada, el informe de Tesorería y Secretaría de la Liga y
Considerando:
Que el art. 13 del RTP establece que “El Club que se considere con derecho para impugnar la validez de un partido puede protestarlo … El escrito debe contener la explicación clara de los hechos en que se funda, la petición en términos precisos y la firma del presidente y secretario del club”.-
Que se ha abonado el arancel establecido en el artículo 14 del RTP y art. 51, 52 y 53 del Reglamento del Torneo.-
Que el presentante impugna la validez del encuentro disputado frente al club La Emilia el día 7 de Octubre del corriente, en el Estadio de La Emilia, en la categoría 1ra división.-
Que afirma que los jugadores Encina Agustín y Guenzatti Joaquín, se encontraban inhabilitados para disputar dicho encuentro, y manifiesta que los mismos se encuentran inscripto en el Club Douglas Haig de Pergamino, y que nunca se otorgó el concedido de la Liga de Pergamino a la Liga Nicoleña.-
Que los informes de la Secretaría de la Liga refieren que dichos jugadores se encuentran inscriptos en la Lista de Buena Fé de 5ta división de La Emilia, (casillero 7 y 29) en condición “del club Guenzatti” y “a prueba Encina”.-
Que respecto al jugador Guenzatti, podemos afirmar con certeza que el día 28 de abril de 2017, fue transferido a Douglas Haig de Pergamino, con el concedido respectivo.-
Que con respecto al jugador Encina no obra en ésta Administración copia de los convenios ni solicitud de Transferencia a la Liga de Pergamino, ya que fue el propio Club la Emilia quién declara que dicho jugador es de Douglas Haig y sostiene que lo inscribe en condición de “a prueba”.-
Que ambos casos condenan la suerte de la protesta, ya que entonces dichos jugadores estaban inhabilitados para disputar dicho encuentro.-
Que con lo expuesto, cabe hacer lugar a la protesta planteada por Gral. Rojo Unión D. y determinar la pérdida del partido al Club La Emilia que disputó frente a Gral. Rojo el 7 de octubre del corriente y registrar el resultado La Emilia 0 – Rojo UD. 1.-
Que ante ello, éste Tribunal;
RESUELVE
Artículo 1.- Hacer lugar a la protesta de partido realizada por Gral. Rojo UD frente al Club La Emilia, 1ra división, por la mala inclusión del jugador Encina Agustín DNI.43.042.324 y Guenzati Joaquín DNI. 42.789.142, y se deberá registrar por Secretaría el siguiente resultado – La Emilia 0 – Gral. Rojo UD. 1 (art. 107 inc a – 152 RTP)
Artículo 2.- Inhabilitar a los Jugadores Encina Agustín DNI.43.042.324 y Guenzati Joaquín DNI.42.789.142 para disputar encuentros oficiales de la Liga Nicoleña período 2017, los cuales deberán regularizar su situación administrativa para poder desarrollar la actividad en el futuro.-
Artículo 3.- Publíquese por Secretaría a través de la web de la liga nicoleña, en su Boletín Oficial.-
Fdo. Dres. Dominguez – Musachio – Parigini – Sr. Borras.-